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jueves, 27 de febrero de 2020

GOBERNADORA PROMULGA LEY QUE DECLARA EMERGENCIA EN COCHABAMBA

SEGURIDAD 

Gobernadora promulga ley que declara emergencia en Cochabamba


CBBA, 27/02/20 (DIRCOM-GADC).-La gobernadora Esther Soria, promulgó este jueves la Ley de Declaratoria de Emergencia Departamental, tras haber sido aprobada por la Asamblea Legislativa a consecuencia de los eventos climáticos que afectaron a Tiquipaya y a diferentes municipios de Cochabamba.
Sostuvo que de acuerdo a la magnitud del desastre y las necesidades, con esto, la Gobernación dispondrá recursos financieros para atender estas situaciones.
“Como autoridad mujer, madre y nacida en esta tierra, junto a las 16 provincias, voy  a luchar sostenidamente por su desarrollo y salir de estos desastres mediante un plan inmediato de emergencia el cual es coordinado con los asambleístas y los municipios afectados”, manifestó la primera autoridad del departamento al remarcar que dicha declaratoria fue urgente para Cochabamba ya que los impactos ambientales necesitan atención de manera estructural.
Con esta Ley, la Gobernación podrá transferir recursos para continuar con el apoyo a las familias afectadas en Tiquipaya, además de coadyuvar con más de 7 municipios afectados de la región Andina, Cono Sur, región Metropolitana y en la región del Trópico cochabambino (pueblos indígenas en Chimoré y Villa Tunari).
Remarcó que el presupuesto de la Unidad de Cambio Climático, Riesgos y Desastres (UCCRyD) para 2020 es de 1.8 millones de bolivianos, el cual se vio insuficiente para atender los requerimientos de los municipios, por lo que con esta Ley se transferirán recursos de otras Secretarías para continuar asistiendo a los afectados y realizando los trabajos correspondientes.
“La asignación de recursos se realizará según requerimiento, por ejemplo Tiquipaya requiere maquinaria, estamos atendiendo con el Servicio Departamental de Caminos (SEDCAM) pero necesitan combustible, también compraremos de manera inmediata lo que se necesita como palas, picotas, botas, mallas de gaviones, insumos y vituallas”, remarcó.

LEY DE EMERGENCIA DEPARTAMENTAL
La Ley de Emergencia Departamental contempla 5 artículos:
Artículo 1. Se declara emergencia en el departamento de Cochabamba por los fenómenos climatológicos adversos que afectan a cualquier municipio del departamento de Cochabamba.
Artículo 2. Se autoriza al Órgano Ejecutivo Departamental la disposición inmediata de los recursos económicos extraordinarios y de los recursos asignados en el POA 2020 de los proyectos y programas destinados para la atención de emergencias en el departamento de Cochabamba para apoyar con prontitud a los municipios que enfrentan los desastres, los que deberán ser ejecutados bajo la modalidad de contratación por emergencias y/o desastres.
Artículo 3. Se autoriza al Órgano Ejecutivo Departamental la reasignación de los recursos económicos que se requieran para ejecutar acciones que demanden la atención de emergencia, en el marco de las competencias en el ámbito departamental, debiendo para tal efecto la Secretaría Departamental de Finanzas y Administración de Gobierno Autónoma Departamental de Cochabamba, autorizar el presupuesto necesario para la atención de la emergencia departamental.
Artículo 4. Tratándose de una emergencia departamental, todos los medios de comunicación públicos y privados televisivos, radiales e impresos deben destinar en forma solidaria  gratuita espacios de difusión preventiva y educativa durante y hasta 30 días después de declarada finalizada la emergencia en coordinación con el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) Departamental de acuerdo a la siguiente escala:
a) Medios televisivos, 2 minutos diarios.
b) Medios de radiodifusión, 5 minutos diarios
c) Medios impresos, un mensaje diario
Artículo 5. La gobernadora o gobernador deberá informar ante el pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba el detalle de los gastos y actividades realizadas dentro el plazo de treinta (30) días después de concluidas las modificaciones presupuestarias en virtud de la promulgación de la presente ley.
“Esto se va a aplicar a nivel departamental en los diferentes municipios afectados por fenómenos climáticos, las Secretarías y Direcciones van a erogar recursos que el caso amerita de acuerdo a los requerimientos y evaluación que se está haciendo, con eso se harán las modificaciones presupuestarias que el caso amerita en el POA 2020”, informó el asesor general de la Gobernación, Roberto Mamani.

NIVELES DE COMPETENCIA ANTE FENÓMENOS CLIMÁTICOS
El asesor general de la Gobernación, Roberto Mamani, indicó que de acuerdo a la Ley Nº602 de Gestión de Riesgos, ante la ocurrencia de un fenómeno natural, primero el municipio debe cuantificar y validar los daños antes de declararse en zona de emergencia, para habilitar nuevos recursos municipales y atender la situación.
Si la emergencia supera las capacidades técnico-financieras del municipio, éste tiene la posibilidad de declararse como zona de desastre para acceder al apoyo departamental, tanto en la parte humanitaria, productiva o de infraestructura.
En este nivel, hay casos en que las capacidades de la Gobernación son insuficientes para atender el desastre, es cuando entra en acción el nivel nacional, tras una declaración de zona de desastre departamental. 
 Teodosio Quispe, presidente Asamblea Legislativa Departamental (izquierda); Esther Soria Gonzáles, Gobernadora de Cochabamba (centro) y Roberto Mamani Asesor General de la Gobernación (derecha).

La Ley de Emergencia Departamental tiene 5 artículos los medios de comunicación públicos y privados televisivos, radiales e impresos deben destinar en forma solidaria  gratuita espacios de difusión preventiva y educativa durante y hasta 30 días en coordinación con el Centro de Operaciones de Emergencia (COE).   

  *FUENTE: PÁGINA WEB GOBERNACIÓN DE COCHABAMBA, 27 de febrero 2020. 


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