SALUD
Promulgan Ley Departamental de donación de plasma hiperinmune
La Gobernadora Esther Soria promulgó hoy la Ley Departamental de Donación de Plasma Hiperinmune junto a su reglamentación, en el marco de la lucha contra el coronavirus.
La Ley N°967 tiene como objetivo promover e incentivar la donación voluntaria y gratuita del plasma hiperinmune de las personas recuperadas de coronavirus, cumpliendo los criterios correspondientes en el banco de sangre de referencia departamental autorizado por el Servicio Departamental de Salud (SEDES).
El SEDES deberá remitir cada 48 horas al banco de sangre la lista oficial de los pacientes recuperados para la posterior sensibilización y concientización a los potenciales donantes.
Toda persona recuperada de coronavirus que done plasma obtendrá el "Carnet de donante de plasma hiperinmune".
La Gobernación otorgará beneficios a través de convenios interinstitucionales a las personas que cuenten con el carnet de donante, además de garantizar su transporte y traslado gratuito.
REQUISITOS PARA LA DONACIÓN DE PLASMA HIPERINMUNE
- La donación debe ser voluntaria.
- No debe ser portador de enfermedad alguna ni estar sometido a tratamiento médico
-No debe consumir drogas e inyectables no prescritos por un médico ni bebidas alcohólicas
-Edad comprendida entre los 18 y 60 años.
-Peso corporal no menor a 50 Kg.
-Temperatura dentro de límites normales.
- Tener una prueba negativa de PCR.
FUENTE: OPINIÓN, 14 de julio 2020.

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